jueves, 19 de junio de 2008

COSAS QUE SE PUEDEN PASAR POR ALTO

Con cierta frecuencia solicito a los gestores que me cuenten las "cosas raras" que se encuentran al gestionar su cartera. En general, suelen contarme perogrulladas o cuestiones que no pasan de anecdóticas al comprobar su frecuencia con posterioridad. Esta técnica pretende, en primer lugar, aumentar la cercanía con el gestor y hacer "que se sientan escuchados". Sin embargo, su máxima utilidad es la de conocer de primera mano las dificultades con las que se encuentran en la gestión diaria de expedientes.

Una queja recurrente por parte de los gestores siempre es la lentitud a la hora de aplicar los pagos y así quitarse de enmedio un expediente que ya está al corriente pero continua en la maldita base de datos. A lo largo de mi trayectoria me he encontrado con casos repetitivos que no se han tenido en cuenta y que se dan más frecuentemente de lo que creemos.

1. Cuando el modo de hacer efectivo el pago es a través de una transferencia a una cuenta de nuestra propiedad, es relativamente frecuente encontrarse que algunos “incumplimientos de pago” se deben a que el cliente hace el pago en su propia cuenta. Increible, pero cierto.

2. Multitud de pagos permanecen sin localizar debido a que el cliente redondea la cifra que ha de abonar.

3. La localización de pagos debe facilitarse creando una "cultura de pago retrasado", haciendo conocedor al moroso de la necesidad de señalar en el concepto del pago sus datos personales y facilitándoles como referencia el número de expediente o un dato similar.

domingo, 15 de junio de 2008

FRAUDES

Es frecuente que los gestores traten como fraude algo que no lo es. Voy a intentar clarificar brevemente el concepto.

La sabiduría popular interpreta la expresión fraude como aquel acto que se ejecuta a mala fe y por el cual se engaña a alguien y se obtiene un beneficio o un lucro indebido. Pongamos un caso que nos podemos encontrar: un señor que pide un préstamo a una entidad financiera a sabiendas de que no lo va a pagar (porque es conocedor de su falta de solvencia o, directamente, porque no le da la gana pagar las cuotas) ¿Es eso un fraude?

Tendemos a mezclar el plano moral con el plano legal: Aunque podemos, con razón, reprochar a ese señor su modo de obrar, es la entidad bancaria la que ha aceptado la operación tras un estudio del riesgo y, por tanto, la que debe buscarle las vueltas para que pague. Entonces, debemos considerar únicamente como fraude aquellas operaciones en las que detectemos en el expediente hechos documentales que hayan podido falsear el estudio para la aceptación de la operación, tales como suplantaciones de personalidad, falsificaciones de documentos o firmas, etc. Del mismo modo, también sería fraude cuando nuestro moroso simula la insolvencia una vez dictada la orden de embargo; pero nunca antes de dicha orden. Es decir, actos de ilegalidad.

¿Cómo debe operar el gestor ante la detección de un fraude? Comunicándolo al responsable, para que éste proceda a retirar expediente de la gestión, retirar del listado de morosos al verdadero titular del DNI (si, por ejemplo, fuera un caso de suplantación) y revocar la dotación economica de dudosidad (CIRBE). Así mismo, se pondrá en contacto con la oficina que dio el préstamo para que presente la correspondiente denuncia.